marzo 20, 2024

Información importante para vendedores de StockX en México en relación a temas fiscales.

Para estar en cumplimiento con las leyes fiscales Mexicanas, estaremos introduciendo la retención de impuesto sobre la renta (ISR) y la retención de Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a todos los vendedores en México con una dirección de envío en México.

A partir del 22 de Marzo del 2024, los vendedores que exitosamente den de alta su información fiscal como Personas Físicas serán sujetos a retenciones por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR) del 1% e Impuesto al Valor Agregado (IVA) por 8% (el IVA sólo será retenido si el comprador está también basado en México) mientras que los que estén registrados como Persona Moral serán sujetos a retenciones por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR) del 0% e Impuesto al Valor Agregado (IVA) por 0% (el IVA sólo será retenido si el comprador está también basado en México).

Los vendedores que no registren su información fiscal de manera exitosa serán sujetos a retenciones por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR) del 20% e Impuesto al Valor Agregado (IVA) por 16% (el IVA sólo será retenido si el comprador está también basado en México).

Los vendedores de StockX en México deben de contar con un número de Registro Federal de Contribuyentes y deberán registrarse de forma segura a través de nuestro proveedor de identificación llamado “Persona”. Se le pedirá que agregue su Constancia de Situación Fiscal cuando realice una oferta o seleccione la opción de “vender ahora”. Puede tomar hasta un minuto validar tu información.

Al haber concluido tu proceso de registro, tu RFC aparecerá encima del monto correspondiente a “Pago Total” en la pantalla de “Hacer Oferta” o en la pantalla de “Vender Ahora”

El monto a retener depende de si estás registrado como Persona Física o como Persona Moral; o en su defecto si no estás dado de alta en ninguna de estas dos modalidades. La siguiente tabla describe los escenarios correspondientes:

Tipo de RFC Registrado Impuesto Sobre la Renta (ISR) Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Persona Moral 0% 0%
Persona Física 1% 8%
Sin Registro 20% 16%

*La retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) solamente sucederá en los casos en donde el comprador también esté ubicado en México.

*En la ocasión que el comprador del artículo vendido esté ubicado fuera del País, no habría retención por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) independientemente del estado de registro fiscal.

Tus facturas y los Certificados Fiscales Digitales por Internet (CFDIs) correspondientes a tus ventas realizadas durante cualquier mes te llegarán vía correo electrónico a más tardar el día 10 del mes posterior de cuando realizaste tus ventas.